EXPORTACIÓN
Exportación es la salida legal de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo en el exterior.
¿Cómo exportar?
¿QUIÉNES PUEDEN EXPORTAR?
Pueden exportar las personas naturales o jurídicas que tengan RUT e iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
¿QUÉ SE PUEDE EXPORTAR?
Todo producto, manufacturado o no, que cumpla con las exigencias del país de destino.
¿CÓMO EXPORTAR?
Para iniciar una exportación, es necesario efectuar un estudio del mercado internacional, a fin de definir a que lugares es posible enviar mercancía con una rentabilidad adecuada. Para el efecto, es conveniente, como primer paso, verificar en las oficinas de Pro Chile los lugares en el extranjero en que se puede comercializar el producto.
PASOS PARA EFECTUAR UNA EXPORTACION.
A.1.- Se inician los contactos con los compradores en el extranjero, ofreciendo los productos que se pueden enviar como exportación. Señalando la mayor cantidad de información, como precio, calidad de presentación del producto, u otra información relevante que sea primordial para una buena competitividad del mismo.
A.2.- Es necesario para un buen logro de venta, remitir muestras de los productos que se ofertan, y los precios de los mismos. Se tiene que tener en consideración, que se competirá con los mismos productos originarios del país de destino así como los llegados desde otros países.
A.3.- Se debe tener siempre presente que la oportunidad de venta en el extranjero es posible cuando el producto que se oferta es de excelente calidad, tiene la mejor presentación, y precios competitivos.
A.4.- Los productos que se importan en los países, siempre deben cumplir con ciertas normas que son exigidas por las autoridades fiscalizadoras, por lo que en los contactos con los posibles compradores en el extranjero, debe asegurarse de recoger TODOS los requerimientos que deberá satisfacer su producto. Esta información puede corresponder a certificaciones emitidas por instituciones fiscalizadoras (entre ellas: SAG, ISP, Seremi de Salud y Sernapesca), o el cumplimiento de alguna obligación de presentación o cualquier información relevante que se requiera para que el producto que se venda no tenga inconvenientes en el país de destino.
TRÁMITES A REALIZAR EN UN PEDIDO QUE IMPLIQUE UNA EXPORTACIÓN.
B.1.- Se debe contactar con un Agente de Aduana, a fin de que este profesional le guíe en todo lo concerniente a los trámites de exportación.
B.2.- El Agente de Aduana es un profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías.
B.3.- Todas las exportaciones se realizan a través de documentación presentada ante el Servicio de Aduanas, trámite que es realizado por un Agente de Aduana.
B.4.- Además, se debe contactar a las instituciones fiscalizadoras (entre ellas, SAG, ISP, Seremi de Salud y Sernapesca, dependiendo de la naturaleza del producto), a fin de dar cumplimiento a procedimientos administrativos y requerimientos técnicos asociados a la autorización de la exportación y emisión de los documentos requeridos en el mercado de destino, por las autoridades o el cliente.
TRÁMITES POSIBLES DE REALIZAR SIN REQUERIR DE LA ASISTENCIA DE UN AGENTE DE ADUANAS.
Los casos más comunes en los que no se requiere la intervención de un agente de aduana son los siguientes:
C.1) Cuando el valor FOB de las mercancías o exportación de servicios es hasta US$ 2.000 o su equivalente en otras monedas.
C.2) Muestras sin Carácter Comercial, hasta un valor FOB de US$ 2.000
En estos casos el exportador debe considerar la posibilidad de hacer sus envíos vía courier o postal.
Documentación de una Operación de Exportación
Informe de Exportación:
Este es un formulario único, de utilización general e intransferible, que deberá presentar el exportador con anterioridad a la fecha de embarque de las mercancías. Mediante este documento se presentan a la Aduana los antecedentes relativos a una determinada operación de exportación para que ésta lo autorice.
Las exportaciones menores de US$ 2000 están exentas de tramitaciones ante la Aduana, están libres de retornos y liquidación de divisas. Las operaciones de venta al exterior que excedan los US$ 1000 y no sobrepasen los US$ 2000 deberán estar respaldadas obligatoriamente por una Orden de Embarque suscrita por el Agente de Aduana, para que el Servicio Nacional de Aduana las autorice. Cumplido este requisito el agente de aduana confecciona la Declaración de Exportación con una Factura de Exportación y una Orden de Embarque. Esta Orden certifica la salida del producto y acredita a la empresa como exportadora.
Actualmente el Informe de Exportación y la Orden de Embarque fueron reemplazadas por el D.U.S. (Documento Único de Salida), el cual incluye la identificación del Exportador, destino y transporte, régimen suspensivo, antecedentes financieros, descripción de las mercancías y bultos.
Póliza o Certificado de Seguro
Documento en el que se establece un Contrato de Seguros que es más que nada una protección a las mercancías de una exportación, una operación bursátil, un flete u otras transacciones comerciales. Generalmente lo exige la Aduana.
Conocimiento de Embarque
Documento utilizado en el transporte de mercancía, creado por la empresa transportista, donde se manifiesta la carga que se encuentra en posesión de ésta. Incluye además identificación del dueño de la mercancía, consignatario y a quién va dirigido el envío y bajo qué condiciones se recibió las mercancías.
Esta se confecciona una vez realizado el embarque en el puerto de recepción o puerto de envío.
"Multimodal Dangerous Goods Form"
Documento utilizado generalmente para cargas consideradas peligrosas, como la harina de pescado entre otras. Certifica la plena seguridad del envío del producto y de la nave en la cual se traslada. Se incluye puerto de carga, la serial de contenedores que contiene el producto, la empresa exportadora, el lugar de destino, el número de embarque, entre otros datos que se manifiestan en el documento.
Factura Pro forma o Factura de Exportación
Documento que se le envía al importador donde se detalla los valores de las mercancías, alguna cláusula de venta, que se acordará entre las partes, las condiciones de pago, el peso de la mercadería, el nombre del la empresa transportista y empresa exportadora, etc.
Documento que acredita el 2% de Seguro Obligatorio
Cuando no existe un seguro contratado se procede a aplicar el 2% sobre el valor FOB de la mercancía.
Mandato Especial
Por parte de la empresa exportadora se autoriza al agente de aduana para que en nombre de la sociedad efectúe ante el Servicio Nacional de Aduana los trámites de exportación.
Como habrás podido darte cuenta en las operaciones de comercio internacional, llámese Importación o Exportación intervienen una serie de instituciones las que cumplen cada una con un rol específico. Ahora analizáremos algunas de ellas para lograr una mayor comprensión.
Impuestos a las Exportaciones
¿Debo cancelar algún impuesto o arancel en Chile al exportar mis productos?
En Chile existen algunos beneficios para los exportadores de productos y servicios, con el objeto de incentivar la actividad exportadora. Por lo tanto, hay que tener muy claro que al momento de realizar una exportación, las mercancías quedan exentas de todo tipo de impuesto o derecho arancelario.